(Del Facebook de Maximiliano Sous,) TOMA ESTADO PARLAMENTARIO EN LA PCIA. DE BS. AS. PARA SU TRATAMIENTO EL PROYECTO DE LEY DE EXPROPIACIÓN (Iniciativa local mediante ordenanza municipal) de la quinta de Montesqueu y Urquiza para la construcción de un sitio de la Memoria (lugar donde mataron y desaparecieron a los compañeros del Grupo PROA). MARCOS PAZ TIENE MEMORIA Y PIDE PERDÓN POR TANTOS AÑOS DE OLVIDO. El Proyecto fue presentado en la legislatura provincial perteneciente al FPV - Movimiento Evita, Patricia Cubria. Adjuntamos Proyecto de Ley:
EXPTE. D-946/16-17
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 178, Parcela 1,Matricula 7.304, inscripto a nombre de Lupo José Esteban, y/o quien resulten ser sus legítimos propietarios, partido de Marcos Paz.
Artículo 2: El mencionado inmueble será destinado al funcionamiento como “Casa y Sitio de la Memoria”del Municipio de Marcos Paz.
Artículo 3:La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será determinada por el Poder Ejecutivo, teniendo la misma a su cargo la ejecutividad y el contralor de las acciones actuando como ente coordinador entre las distintas áreas administrativas provinciales.
Artículo 4:El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo al Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de Marcos Paz.
Artículo 5:Declárese de urgencia la presente expropiación de acuerdo a las prescripciones de la Ley 5.708-Ley General de Expropiaciones- y sus modificatorias (T.O. s/Decreto N° 8.523/86)- exceptuándose su tramitación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la misma prescindiéndose especialmente de las tratativas directas previas establecidas por el Artículo 21° del citado cuerpo legal.
Artículo 6: Autorizase al Poder Ejecutivo para requerir la posesión inmediata del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de conformidad a lo prescripto por el artículo 23 y concordantes de la Ley de Expropiaciones 5.708
Artículo 7: La Municipalidad de Marcos Paz deberá instrumentar los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 8: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la escribanía General de Gobierno, estando la misma exenta del impuesto al Acto.
Artículo 9: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
La casa de Montesquieu y Urquiza ubicada en el Barrio “Capilla de Fátima” en la localidad de Marcos Paz, es un testimonio material del genocidio perpetrado en nuestro país en junio del año 1977.
A través de la misma, se puede hacer una reconstrucción y representación histórica de su funcionamiento.Allí vivían varios militantes de PROA, cuya denominación significa “Militancia para la Construcción del Partido Revolucionario de los Obreros Argentinos. Una de las funciones que se realizaban era recopilación de información sobre desapariciones forzadas, que a su vez era remitida a la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU), que se encargaba de realizar las denuncias en el exterior del país.
Entre los días 11 y 16 de junio de 1977, miembros de la Organización PROA fueron secuestrados, torturados y fusilados por las Fuerzas Armadas y sus cuerpos se encuentran aún desaparecidos, José Voloch, Haroldo Logiurato, Fabián Logiurato (hijo de Haroldo de 15 años de edad), Luis Logiurato (hermano de Haroldo), Liliana Galetti, Héctor Bellingeri, Carlos Arias, Gloria Vainstein, Ignacio Ikonicoff, MaríaBedoian, Blanca AItman (embarazada), Gustavo Varela, Virginia Allende, Alicia Contrisciani, Luis Lamotta, JoséTocco, y Julio Isaurralde, y la lista continua.
Hay datos elocuentes en los procesos judiciales y en las declaraciones de quienes dieron sus testimonios que demuestran y certifican el horror cometido en esa casa por parte de los militares, y resulta de gran importancia realizar la expropiación del lugar que se utilizó para el exterminio, a fin de preservarlo como lugar de memoria.
Las Organizaciones Derechos Humanos, junto a los Familiares de víctimas de desaparecidos han luchado por el objetivo de la expropiación e identificación de inmensidad de centros clandestinos de detención, con el fin de preservación, reconocimiento simbólico y como parte de la evidencia inminente del horror que hemos vivido en el país durante la dictadura.
Por los motivos antes expresados es que solicito a las señoras/es diputadas/os acompañen la presente iniciativa
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